ÍNDICE
Equipo directivo
Consejo Escolar
Claustro de profesores
Órganos de coordinación docente
Servicios educativos
Horarios
Entradas y salidas
Organización de recreos, aulas y actividades complementarias y extraescolares.
Libros de texto
Recursos económicos
Derechos y deberes de los alumnos, de las familias, de los profesores y del personal no docente
CONVIVENCIA , MEDIDAS DE CORRECCIÓN Y SANCIONES.
Conductas contrarias a la convivencia, actuaciones y medidas de corrección
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia y sanciones.
Mediación y acuerdos reeducativos
Registro de actuaciones.
PROTOCOLO DE ACOSO
TÍTULO V : DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
Nuestro Reglamento de Régimen Interior se elaboró y ha sido actualizado basándose en la siguiente normativa :
- LOMCE: Modificaciones según Decreto 23/21014 de 12 de junio de 2014
(Bocyl 13 de junio de 2014)
- LOE . (Decreto 51/ 2007, Orden 1921/2007
- ROC ( Orden de 29 de febrero de 1996)
- Ordenes de Implantación de Primaria
Sus últimas modificaciones han sido aprobadas por la directora el día5 de octubre dado a conocer al Claustro el día 5 de octubre .y al Consejo Escolar el día 4 de octubre de 2016
Título I: Estructura organizativa
ORGANIZACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR
- Órganos de gobierno del Centro ( queda reflejado en el apartado 1 del PEC).
- Órganos de coordinación docente ( queda reflejado en el apartado 1 del PEC).
Titulo I: Normas generales de funcionamiento
1 - Recursos funcionales:
1.- 1 Horarios:
Los horarios se elaboran a comienzos del curso en función de los profesores que intervienen en cada grupo de alumnos procurando en la medida de lo posible seguir los siguientes criterios:
- Los tutores impartirán el mayor número de materias en su grupo
- Iniciarán y terminarán las clases en su grupo
- Si algún profesor debe completar su horario lo hará preferentemente en algún nivel del ciclo al que pertenece.
- El horario de sustituciones a profesores ausentes , se llevará a cabo siguiendo estos criterios :
1.- Profesores que están de apoyo al centro
2.- Profesores de Coordinaciones
3.- profesores encargados de la Biblioteca
4.- profesores que tienen Atención educativa, cuando no superen los dos alumnos
1.- 2 Organización de entradas y salidas
Las entradas y salidas al colegio se organizarán de la siguiente manera:
- Respecto a los alumnos:
* Serán puntuales y una vez que suena el timbre, se incorporarán a la fila .de su curso; en caso de lluvia, las filas se realizan en las puertas de las aulas
* Entrarán y se desplazarán por el colegio con orden
* El alumno que llegue tarde esperará a que entren todas las filas .Si un alumno habitualmente llega tarde se les informará a los padres y ,si no corrige su actitud ,se les hará saber que hasta el cambio de clases el alumno no podrá incorporarse a la clase.
* La salida se hará con orden una vez que suena el timbre; los alumnos de Infantil podrá salir cinco minutos antes para poder llevar control de quién los recoge; no obstante , serán responsabilidad de los profesores hasta que suena el timbre.
Ningún alumno podrá salir del centro sin la expresa autorización de los padres ; esta autorización podrá ser oral o escrita.
- Respecto a los maestros:
* Una vez que suena el timbre los maestros serán los responsables de la formación de las filas y de las entradas ordenadas al colegio. Para ello se establecerán turnos que coincidirán ,en general ,con los del turno de vigilancia de recreos, distribuyéndose por zonas(puerta colegio, valla,puerta salida del patio)
* Cada maestro entrará acompañando a sus alumnos al aula.
* Tendrá previsto el material antes del comienzo de la clase.
- Respecto a los padres
Los padres tendrán restringida la entrada al centro escolar para el acompañamiento de sus hijos al aula.
Una vez que suena el timbre dejarán a sus hijos en la fila correspondiente pasando a ser responsabilidad de los maestros y ellos se situarán hacía la escalera , en la parte de atrás del patio ;en ningún caso se dirigirán a los niños para reprenderlos.
1.- 3 Organización de los recreos
* El equipo de vigilancia de recreos procurará que todos los niños salgan al patio manteniendo la puerta cerrada. Si algún maestro del turno de vigilancia de recreos no está le suplirá aquel que le corresponda de la lista de sustituciones que a tal efecto está situada en el tablón de la sala de profesores.
* Los alumnos permanecerán en el patio , en las zonas asignadas a cada grupo, procurando ir al servicio antes de salir .
Los maestros vigilantes procurarán que se distribuyan en el patio según lo acordado
En ningún caso los alumnos deambularán por los pasillos ni permanecerán en las aulas; no obstante, si algún alumno o grupo de alumnos, permanece en el aula por alguna causa, el profesor que lo permita, permanecerá con ellos.
En los casos de días de lluvia se suspenden los turnos de vigilancia y los alumnos permanecerán en sus aulas con los tutores; los profesores especialistas reforzarán a los profesores tutores .
Se organizarán unas zonas delimitadas de juego en el patio , siendo estas rotativas entre los alumnos/as de primaria. Estas zonas se darán a conocer a los alumnos a comienzos de curso: Se establecerá un calendario de juegos en función de la siguiente tabla:
|
LUNES |
MARTES |
MIÉRCOLES |
JUEVES |
VIERNES |
1er ICLO |
ARENA |
ARENA |
CUERDA/GOMA |
CAMPILLO |
FÚTBOL |
2º CICLO |
CUERDA/GOMA |
CUERDA/GOMA |
CAMPILLO |
FÚTBOL |
ARENA |
5º CURSO |
CAMPILLO |
CAMPILLO |
FÚTBOL |
ARENA |
CUERDA/GOMA |
6º CURSO |
FÚTBOL |
FÚTBOL |
ARENA |
CUERDA/GOMA |
CAMPILLO |
(JUEGOS DE ARENA: CANICAS, PEONZA, BOLOS, CHAPAS,...)
1.- 4 Organización del aula
Respecto a los maestros
Los maestros serán puntuales en los cambios de clases y dispondrán previamente del material que necesiten.
Al finalizar las clases el último maestro que esté con el grupo será responsable de que el aula quede recogida y si están en la planta central, deberán quedar las contraventanas cerradas ..
Deberán registrar a diario el parte de ausencias de los alumnos y ,al finalizar cada mes ,se lo entregarán a la jefe de estudios
Los maestros especialistas irán a buscar a los alumnos a sus respectivas clases y les acompañarán también en el regreso a su aula .
Las ausencias al colegio por parte de los profesores se comunicarán a la Jefe de Estudios y se acompañarán con un justificante. Si se prevee la ausencia con antelación se dejará material preparado para trabajar los alumnos. No obstante a comienzos del curso cada ciclo dejará preparado material para que los alumnos tengan tarea cuando falta un profesor.
Si algún maestro está ausente se suplirá con los de apoyo de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 1.
Respecto a los alumnos
* En clase guardarán silencio y estarán atentos a las explicaciones dadas, ,respetando en todo momento al maestro y a sus compañeros.
* Deberá traer el material necesario para el desarrollo de las clases siendo responsabilidad suya el cuidado de dicho material; así mismo respetarán el material de sus compañeros y el material y el mobiliario del aula .
* En ningún momento podrán abandonar el aula sin permiso expreso del profesor
* Cuando un alumno no asista a clases utilizará el impreso oficial para justificar dicha ausencia siendo firmado por los padres.
* Al finalizar las clases los alumnos dejarán el aula ordenada.
* Cuando un profesor está ausente y no hay nadie para suplirlo los alumnos se repartirán según este criterio:
Si son pequeños entre las aulas de Infantil a Segundo curso y si son mayores, entre las aulas de Tercero a Sexto.
1.- 5 Organización de las actividades complementarias y extraescolares
(Ver criterios pedagógicos en el apartado 6 de la Propuesta curricular )
- Respecto Las actividades complementarias :
Se programarán a comienzos de curso y se incluirán en la PGA. No obstante, cuando se concreten las fechas de realización ,se comunicarán a la Inspección a través de la Secretaría del centro.
Cuando se realicen dichas actividades (salidas, asistencia a teatros…) el comportamiento de los alumnos será correcto; en caso contrario , si algún alumnos impide el normal desarrollo de la actividad se comunicará a los padres y no asistirá a la siguiente actividad programada.
Siempre que se realice una salida fuera de la localidad se pedirá previamente una autorización a los padres de cada alumno.
- Respecto a las actividades extraescolares
Toda actividad extraescolar que se realice en el centro será comunicada a la dirección del centro y se dará a conocer al Consejo Escolar . Si se lleva a cabo en días no lectivos también se lo comunicará al Ayuntamiento para que se responsabilice de que el Centro esté cuidado y quede cerrado.
A cada responsable de la actividad se le entregará las normas para que las dé a conocer y se responsabilice de que se cumplan.
2.- Recursos materiales:
2.- 1 Organización de los materiales
A comienzos de curso cada equipo de ciclo hará una relación del material necesario para las aulas.
El material común de oficina estará ubicado en un armario de secretaría;
Los responsables de Informática, Biblioteca y audiovisuales serán los responsables de mantener ordenado y actualizado el material así como de llevar actualizado el inventario.
2.- 2 .- Libros de texto
En el mes de junio los distintos equipos docentes decidirán los libros de texto que se van a utilizar el siguiente curso teniendo en cuenta que no se podrán cambiar en cuatro cursos ; se mandará una relación a los padres dentro del sobre de las notas y también se expondrán en el tablón de anuncios.
Los criterios para su selección quedan reflejados en la Propuesta curricular punto 5.
2.- 3 Recursos económicos
Al comienzo de curso el Consejo escolar y el claustro de profesores priorizará necesidades para incluirlo en el presupuesto del año; podría distribuirse una cantidad equitativa por grupo y otra por especialidades ( E. Física ,música, Inglés ,Religión) y por curso escolar para equipamiento de las aulas.
Título III: Derechos y deberes de la Comunidad Educativa
NORMAS DE CONVIVENCIA (conforme al Real decreto 51/2007 y a la Orden EDU 1921/2007 , cuyos artículos se mencionan en algunas actuaciones y otros que se han modificado de acuerdo con lo establecido en el Decreto 23/2014 de 12 de junio- Bocyl de 13 de junio de 1014 )
1.- Derechos de los alumnos
1.1 Derecho a una formación integral.
Todos los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.
Este derecho implica:
a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los principios democráticos de convivencia.
b) Una educación emocional que le permita afrontar adecuadamente las relaciones interpersonales.
c) La adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos que le permitan integrarse personal, laboral y socialmente.
d) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y académico.
e) La formación ética y moral.
f) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones de acuerdo con sus aptitudes y capacidades
1.2 Derecho a ser respetado.
Todos los alumnos tienen derecho a que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales.
Este derecho implica:
a) La protección contra toda agresión física, emocional o moral.
b) El respeto a la libertad de conciencia y a sus convicciones ideológicas, religiosas o morales.
c) La disposición en el centro de unas condiciones adecuadas de seguridad e higiene, a través de la adopción de medidas adecuadas
de prevención y de actuación.
d) Un ambiente de convivencia que permita el normal desarrollo de las actividades académicas y fomente el respeto mutuo.
e) La confidencialidad en sus datos personales sin perjuicio de las comunicaciones necesarias para la Administración educativa y la obligación que hubiere, en su caso, de informar a la autoridad competente.
1.3. Derecho a ser evaluado objetivamente.
Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad.
Este derecho implica:
a) Recibir información acerca de los procedimientos, criterios y resultados de la evaluación, de acuerdo con los objetivos y contenidos de la enseñanza.
b) Obtener aclaraciones del profesorado y, en su caso, efectuar reclamaciones, respecto de los criterios, decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones parciales o en las finales del curso escolar, en los términos que reglamentariamente se establezca.
1.4. Derecho a participar en la vida del centro.
Todos los alumnos tienen derecho a participar en la vida del centro y en su funcionamiento .
Este derecho implica:
a) La participación de carácter individual y colectiva mediante el ejercicio de los derechos de reunión y de asociación
b) La posibilidad de manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los principios y derechos
constitucionales, merecen las personas y las instituciones.
c) Recibir información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad educativa en general.
1.5 Derecho a protección social.
Todos los alumnos tienen derecho a protección social
Este derecho implica:
a) Dotar a los alumnos de recursos que compensen las posibles carencias o desventajas de tipo personal, familiar, económico, social o cultural, con especial atención a aquellos que presenten necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.
b) Establecer las condiciones adecuadas para que los alumnos que sufran una adversidad familiar, un accidente o una enfermedad prolongada, no se vean en la imposibilidad de continuar o finalizar los estudios que estén cursando.
2.- Deberes de los alumnos
2.1 Deber de estudiar.
Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico, según sus capacidades y el pleno desarrollo de su personalidad.
Este deber implica:
a) Asistir a clase respetando los horarios establecidos y participar en las actividades académicas programadas.
b) Realizar las actividades encomendadas por los profesores en el ejercicio de sus funciones docentes, así como seguir sus orientaciones y directrices.
2..2 Deber de respetar a los demás.
Todos los alumnos tienen el deber de respetar a los demás.
Este deber implica:
a) Permitir que sus compañeros puedan ejercer todos y cada uno de los derechos establecidos en este Decreto.
b) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa y evitar cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
c) Demostrar buen trato y respeto a todos los alumnos y a los profesionales que desarrollan su actividad en el centro, tanto en lo referido a su persona como a sus pertenencias.
2.3 Deber de participar en las actividades del centro.
Todos los alumnos tienen el deber de participar en las actividades que configuran la vida del centro.
Este deber supone:
a) Implicarse de forma activa y participar, individual y colectivamente, en las actividades lectivas y complementarias.
b) Respetar y cumplir las decisiones del personal del centro, en sus ámbitos de responsabilidad, así como de los órganos unipersonales y colegiados, sin perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que tales decisiones vulneran alguno de ellos.
2.4 . Deber de contribuir a mejorar la convivencia en el centro.
Todos los alumnos, siguiendo los cauces establecidos en el centro, tienen el deber de colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio y respeto.
Este deber implica:
a) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro, establecidas en el Reglamento de régimen interior.
b) Participar y colaborar activamente con el resto de personas del centro para favorecer el desarrollo de las actividades y, en general la convivencia en el centro.
c) Respetar, conservar y utilizar correctamente las instalaciones del centro y los materiales didácticos.
2.5 . Deber de ciudadanía.
Todos los alumnos tienen el deber de conocer y respetar los valores democráticos de nuestra sociedad, expresando sus opiniones
3.- Derechos y deberes de las familias
3.1.Derechos de las familias
Las familias de nuestros alumnos tienen derecho a participar en el proceso educativo de sus hijos.
A los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la ayuda correspondiente y colaborar con el centro para que su proceso educativo se lleve a cabo de forma adecuada.
Al matricular a su hijo en el centro ,previa información de las normas y compromisos del Centro, firmará un documento de compromisos educativos con el centro.
3.1 Derechos de los padres o tutores legales.
a.- Los padres o tutores legales, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los derechos reconocidos en el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.
b.- Se garantizará el derecho de los padres o tutores legales a:
_ Participar en el proceso de enseñanza y en el aprendizaje de sus hijos o pupilos y estar informados sobre su progreso e integración socio-educativa, a través de la información y aclaraciones que puedan solicitar, de las reclamaciones que puedan formular, así como del conocimiento o intervención en las actuaciones de mediación o procesos de acuerdo reeducativo.
_ Ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación personal, académica y profesional de sus hijos sin perjuicio de la participación señalada en el párrafo anterior, y a solicitar, ante el consejo escolar del centro, la revisión de las resoluciones adoptadas por su director frente a conductas de sus hijos que perjudiquen gravemente la convivencia.
_ Participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, a través de su participación en el consejo escolar y en la comisión de convivencia, y mediante los cauces asociativos que tienen legalmente reconocidos.
3.2 Deberes de los padres o tutores legales.
Los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, tienen las obligaciones establecidas en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio.
Tendrán los siguientes deberes:
a) Conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos estimularles hacia el estudio e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y, en su caso, de su conducta.
b) Adoptar las medidas, recursos y condiciones que faciliten a sus hijos su asistencia regular a clase así como su progreso escolar.
c) Respetar y hacer respetar a sus hijos las normas que rigen el centro escolar, las orientaciones educativas del profesorado y colaborar en el fomento del respeto y el pleno ejercicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.
3.- Derechos y deberes de los profesores
Aquellos que estipula la ley vigente
Sobre el ejercicio de la autoridad del profesorado:
1.- El profesorado de los centros sostenidos con fondo públicos ,en el ejercicio de las funciones de gobierno ,docentes ,educativas y disciplinarias que tenga atribuidas, tendrá la condición de autoridad pública y gozará de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico.
2.- En el ejercicio de las actuaciones de corrección y disciplinarias, los hechos constatados por el profesorado y miembros del equipo directivo ,tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad o salvo prueba en contrario ,cuando se formalicen por escrito en documento que cuente con los requisitos establecidos reglamentariamente, sin perjuicio de las pruebas que , en defensa de los respectivos derechos e intereses puedan ser señaladas o aportadas.
3.-La dirección del centro comunicará simultáneamente ,al Ministerio Fiscal y a la Dirección Provincial de educación cualquier incidencia relativa a la convivencia escolar que pudiera ser constitutiva de delito o falta ,sin perjuicio de que se adopten medias cautelares oportunas.
4.- Derechos y deberes del personal de servicios
Aquellos que estipula la legislación vigente
Título IV: Conductas contrarias y perjudiciales a la convivencia escolar,medidas de corrección y sanciones
Las conductas del alumnado que perturben la convivencia en el Centro podrán ser consideradas como:
a- conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro que serán consideradas como leves
b.- conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro que serán consideradas graves o muy graves.
Las actuaciones correctoras de las conductas perturbadores de la convivencia, de las que se informará al Consejo Escolar, recogidas en el apartado anterior podrán ser:
a.- Actuaciones inmediatas, aplicables en primera instancia directamente por el profesorado presente, en el uso de sus capacidades y competencias y teniendo en cuenta su consideración de autoridad pública , a todas las conductas que perturban la convivencia en el Centro con el objetivo principal del cese de la conducta, pudiendo ser seguidas de medidas posteriores.
b.- Medias posteriores:Una vez desarrolladas las medidas inmediatas, y teniendo en cuenta la calificación posterior de la conducta de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, se podrán adoptar las siguientes medidas posteriores:
1.- Medidas de corrección ( de acuerdo con el artículo 38 del decreto).
Las medidas de corrección se podrán llevar a cabo en el caso de conductas calificadas como contrarias a la convivencia del centro y consideradas como faltas leves y aquellas que se adopten serán inmediatamente ejecutivas.
2.- Procedimientos de acuerdo abreviado
Tiene como finalidad agilizar las actuaciones posteriores de las conductas perturbadoras para la convivencia reforzando su carácter educativo mediante la ejecutividad inmediata.
Se podrán llevar a cabo con cualquier conducta perturbadora ya sea su calificación como contraria a la convivencia y considerada como falta leve, o gravemente perjudicial para la convivencia , y considera como falta grave o muy grave, y se concretarán en la apertura de procesos de mediación, de procesos de acuerdo reeducativo y la aceptación inmediata de sanciones.
El acogimiento a estos procesos es voluntario y necesita del acuerdo de las partes en conflicto para su inicio, pudiendo ofrecerse y acogerse a ellos todo el alumnado del centro.
En el RRI precisará el desarrollo del procedimiento abreviado.
3.- Apertura del procedimiento sancionador
En el caso de conductas calificadas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, y consideradas como faltas graves o muy graves, que no se hayan acogido al procedimiento de acuerdo abreviado, se procederá a la apertura de procedimiento sancionador.( de acuerdo con el capítulo V ,título III del decreto).
En la apertura del procedimiento sancionador se tendrá en consideración las circunstancias que han impedido la adopción de procedimiento de acuerdo abreviado.
1.- Conductas contrarias a la convivencia y medidas de corrección
Se considerarán conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, las siguientes:
a) Las manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechos democráticos legalmente establecidos.
b) Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, insulto y falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa, siempre que no sean calificadas como faltas.
c) La falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente justificad
d) La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal o en la indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del centro, tomando en consideración, en todo caso, factores culturales o familiares.
e) El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase, dificultando la actuación del profesorado y del resto de alumnos.
f) El deterioro leve de las dependencias del centro, de su material o de pertenencias de otros alumnos, realizado de forma negligente o intencionad
g) La utilización inadecuada de aparatos electrónicos.
h) Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar
1.2. Medidas de corrección.
Criterios para la aplicación de las medidas correctoras
a.- Las actuaciones correctoras de conductas perturbadoras tendrán un carácter educativo y recuperador. debiendo contribuir a la mejora del proceso educativo del alumnado, a garantizar el respeto a los derechos y a la mejora en las relaciones de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
b.- Deberán ser proporcionadas a las características de la conducta perturbadora del alumnado y tendrán en cuenta su nivel académico y su edad, asi como las circunstancias personales y familiares o sociales que puedan haber incidido en la aparición de dicha conducta.
c.- Las conductas consideradas como muy graves llevarán asociada como medida correctora la expulsión, temporal o definitiva, del centro. La expulsión definitiva supondrá un cambio de centro ya que es escolarización obligatoria.
1.- 3 Actuaciones inmediatas.
Con carácter inmediato a la conducta de un alumno que perturbe la convivencia en el centro, las actuaciones podrán ser aplicables por el profesor en el uso de sus capacidades y competencias y teniendo en cuenta su consideración de autoridad pública pudiendo llevar a cabo a cabo una o varias de las siguientes actuaciones
a) Amonestación pública o privada.
b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas.
c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la actividad durante un breve periodo de y siempre que el alumnos esté vigilado por un profesor.
d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario no lectivo, en este caso con permanencia o no en el centro.
El profesor que la lleve a cabo las comunicará al tutor del alumno quien, de acuerdo con la dirección del centro, determinará la oportunidad de informar a la familia del alumno, por teléfono o po rescrito. Asimismo dará traslado a la Jefe de estudios, en su caso, tanto de las actuaciones como de aquellas situaciones en las que las características de la conducta perturbadora, su evaluación, una vez llevada a cabo la acción inmediata y , la posible calificación posterior, lo hagan necesario..
1.- 4 Otras medidas de corrección
Las medidas de corrección que se pueden adoptar en el caso de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro son las siguientes:
a) Amonestación escrita.
b) Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y salida del centro como al periodo de permanencia en él, por un plazo máximo de 15 días lectivos.
c) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa por un máximo de 5 días lectivos.
d) Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores por un máximo de 15 días lectivos.
e) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un periodo máximo de 15 días.
f) Cambio de grupo del alumno por un máximo de 15 días lectivos.
g) Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un periodo no superior a 5 días lectivos. Durante dicho periodo quedará garantizada la permanencia del alumno en el centro, llevando a cabo las tareas académicas que se le encomienden.
Como en nuestro Centro hemos detectado que las situaciones de conflicto se producen fundamentalmente en entradas y salidas , recreos, en el aula y en el comedor escolar, las actuaciones previstas en caso de conducta contrarias a las normas, están recogidas en el anexo
2.- Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro y sanciones
Se considerarán conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y, por ello, calificadas como faltas graves o muy graves, las siguientes:
a) La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad educativa y, en general, a todas aquellas personas que desarrollan su prestación de servicios en el centro educativo.
b) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos y material académico.
c) El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
d) Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro.
e) La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.
f) Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente aquéllas que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas tendrán la consideración de muy grave.
Las sanciones que pueden imponerse por la Comisión de Convivencia para las conductas gravemente perjudiciales sólo podrán ser sancionadas previa tramitación del correspondiente expediente sancionador ( Ver artículo 50) son las siguientes:
a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.
Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos.
b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos.
c) Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16 días lectivos y la finalización del curso escolar.
d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas, por un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin que eso comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al alumno un programa de trabajo para dicho periodo, con los procedimientos de seguimiento y control oportunos, con el fin de garantizar dicho derecho
e) Expulsión temporal
f) Expulsión definitiva del centro con cambio de centro
3.- La Mediación y acuerdo reeducativos
Dentro de las medidas dirigidas a solucionar los conflictos provocados por las conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro, podrán llevarse a cabo actuaciones de mediación y procesos de acuerdo reeducativo
Para la puesta en práctica de dichas medidas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
a) Cuando se lleven a cabo en conflictos motivados por conductas perturbadoras calificadas como contrarias a las normas de convivencia podrán tener carácter exclusivo o conjunto con otras medidas de corrección de forma previa, simultánea o posterior a ellas
b) Cuando se lleven a cabo en conflictos generados por conductas perturbadoras calificadas como gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y se haya iniciado la tramitación de un procedimiento sancionador, éste quedará provisionalmente interrumpido cuando el centro tenga constancia expresa, mediante un escrito dirigido al director, de que el alumno o alumnos implicados y los padres o tutores legales, en su caso, aceptan dichas medidas así como su disposición a cumplir los acuerdos que se alcancen. Igualmente se interrumpirán los plazos de prescripción y las medidas cautelares, si las hubiere.
c) No se llevarán a cabo en el caso de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en las que concurran alguna de las circunstancias agravantes de la responsabilidad .
d) Una vez aplicada una sanción, podrán llevarse a cabo actuaciones de mediación y procesos de acuerdo reeducativo que, con carácter voluntario, tendrán por objeto prevenir la aparición de nuevas conductas perturbadoras de la convivencia escolar.
e) Así mismo, y dadas sus características, podrán desarrollarse, inclusive, con conductas no calificadas como perturbadoras para la convivencia en el centro. En este caso tendrán el carácter de estrategias preventivas para la resolución de conflictos y podrán ponerse en práctica con todos los miembros de la comunidad educativa.
3.1.- La mediación escolar
3.1.1 La mediación es una forma de abordar los conflictos surgidos entre dos o más personas, contando para ello con la ayuda de una tercera persona denominada mediador.
3.1.2 El principal objetivo de la mediación es analizar las necesidades de las partes en conflicto, regulando el proceso de comunicación en la búsqueda de una solución satisfactoria para todas ellas.
3.1.3 Para el desarrollo de la mediación será preciso tener en cuenta lo siguiente:
a) La mediación tiene carácter voluntario, pudiendo ofrecerse y acogerse a ella todos los alumnos del centro que lo deseen
b) La mediación está basada en el diálogo y la imparcialidad, y su finalidad es la reconciliación entre las personas y la reparación, en su caso, del daño causado. Asimismo, requiere de una estricta observancia de confidencialidad por todas las partes implicadas.
c) Podrá ser mediador cualquier miembro de la comunidad educativa que lo desee, siempre y cuando haya recibido la formación adecuada para su desempeño.
d) El mediador será designado por el centro ,(será normalmente la Orientadora del Equipo de Orientación ); no obstante deberá contar con la aceptación de las partes afectadas.
e) La mediación podrá llevarse a cabo con posterioridad a la ejecución de una sanción, con el objetivo de restablecer la confianza entre las personas y proporcionar nuevos elementos de respuesta en situaciones parecidas que se puedan producir.
3.1.4. Los acuerdos alcanzados en la mediación se recogerán por escrito, explicitando los compromisos asumidos y el plazo para su ejecución.
3.1.5. Si la mediación finalizase con acuerdo de las partes, en caso de haberse iniciado un procedimiento sancionador y una vez llevados acabo los acuerdos alcanzados, la persona mediadora lo comunicará por escrito al director del centro quien dará traslado al instructor para que proceda al archivo del expediente sancionador.
3.1.6 En caso de que la mediación finalice sin acuerdo entre las partes, o se incumplan los acuerdos alcanzados, el mediador comunicará el hecho al director para que actúe en consecuencia, según se trate de una conducta contraria a las normas de convivencia, aplicando las medidas de corrección que estime oportunas, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, dando continuidad al procedimiento sancionador abierto, reanudándose el computo de plazos y la posibilidad de adopción de medidas cautelares
3.1.7. Cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda llevarse a cabo una vez alcanzado, por causas ajenas al alumno infractor o por negativa expresa del alumno perjudicado, esta circunstancia deberá ser tenida en cuenta como atenuante de la responsabilidad.
3.1.8 El proceso de mediación debe finalizar con el cumplimiento de los acuerdos alcanzados, en su caso, en el plazo máximo de diez días lectivos, contados desde su inicio. Los periodos de vacaciones escolares interrumpen el plazo.
3.2 Los procesos de acuerdo reeducativo
3.2.1 El proceso de Acuerdo Reeducativo es una medida dirigida a gestionar y solucionar los conflictos surgidos por la conducta o conductas perturbadoras de un alumno, llevada a cabo mediante un acuerdo formal y escrito, entre el centro, el alumno y sus padres o tutores legales, por el que todos ellos adoptan libremente unos compromisos de actuación y las consecuencias que se derivarán de su desarrollo.
3.2.2 Estos procesos tienen como principal objetivo cambiar las conductas del alumno que perturben la convivencia en el centro y, en especial, aquellas que por su reiteración dificulten su proceso educativo o el de sus compañeros.
3.2.3 Los procesos de acuerdo reeducativo se llevarán a cabo por iniciativa de los profesores y estarán dirigidos a los alumnos, siendo imprescindible para su correcta realización la implicación de los padres o tutores legales.
3.2.4 Los procesos de acuerdo reeducativo tienen carácter voluntario. Los alumnos y los padres o tutores legales ,ejercitarán la opción de aceptar o no la propuesta realizada por el centro para iniciar el proceso. De todo ello se dejará constancia escrita en el centro.
3.2.5. Se iniciarán formalmente con la presencia del alumno, de la madre y el padre o de los tutores legales y de un profesor que coordinará el proceso y será designado por el director del centro.
3.2.6 En el caso de que se acepte el inicio de un proceso de acuerdo reeducativo como consecuencia de una conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro se estará a lo dispuesto en el artículo 41.2.b. Si no se aceptara se aplicarán las medidas posteriores que correspondan, sin perjuicio, en su caso, de proceder conforme al artículo 34.3 .
3.2.7 El documento en el que consten los acuerdos reeducativos debe incluir, al menos:
a) La conducta que se espera de cada una de los implicados.
b) Las consecuencias que se derivan del cumplimiento o no de los acuerdos pactados.
3.2.8 Para supervisar el cumplimiento de los acuerdos adoptados se constituirá una comisión de observancia para dar por concluido el proceso de acuerdo reeducativo o para analizar determinadas situaciones que lo requieran. Dicha comisión estará formada, por la madre o el padre del alumno , el profesor coordinador del acuerdo reeducativo o el tutor del alumno, en caso de ser distinto del anterior, y la directora del centro o persona en quien delegue.
Si la comisión de observancia constatase el cumplimiento de lo estipulado en el acuerdo reeducativo, en caso de haberse iniciado un procedimiento sancionador el director del centro dará traslado al instructor para que proceda al archivo del expediente disciplinario.
En caso de que la comisión de observancia determinase el incumplimiento de lo estipulado en el acuerdo reeducativo, el director actuará en consecuencia, según se trate de una conducta contraria a las normas de convivencia, aplicando las medidas de corrección que
estime oportunas, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, dando continuidad al procedimiento sancionador abierto, reanudándose el computo de plazos y la posibilidad de adopción de medidas cautelares previstas en el artículo 51 . Así mismo, podrá actuar conforme a lo dispuesto el artículo 34.3
Los acuerdos reeducativos se llevarán a cabo por periodos de 25 días lectivos. Este periodo comenzará a contabilizarse desde la fecha de la primera reunión presencial de las partes intervinientes en el acuerdo.
4 .- Registro de las actuaciones
Todas las actuaciones que se lleven a cabo respecto a las correcciones y sanciones por alteración de la Convivencia escolar , desde la comunicación escrita hasta el proceso sancionador por faltas graves y de mediación o reeducación quedará reflejadas por escrito en un documento que será archivado por la jefatura de estudios para poder llevar un control y seguimiento de todas las actuaciones emprendidas.
PROTOCOLO DE ACOSO
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN SITUACIONES DE POSIBLE INTIMIDACIÓN Y ACOSO ENTRE ALUMNOS
PASO 1. IDENTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN DE LA SITUACIÓN.
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna, tiene la obligación de comunicarlo a un profesor o profesora, al tutor o tutora, a la persona responsable de la orientación en el centro o al equipo directivo, según el caso y miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de la situación.
En cualquier caso, el receptor o receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia, a un miembro del equipo directivo.
PASO 2. VALORACIÓN INICIAL
Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo, el coordinador de convivencia, el tutor del alumno afectado y el orientador del centro para efectuar una evaluación inicial y recoger información, analizarla y valorar la intervención que proceda.
La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la información recogida y las actuaciones acordadas y quedará depositado en la jefatura de estudios.
Se informará a la familia del alumno.
PASO 3. PROCEDIMIENTO
3.1 EN CASO DE CONFIRMARSE LA EXISTENCIA DE ACOSO SE SEGUIRÁ EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO
Medidas de urgencia.
En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran para proteger a la persona agredida y evitar las agresiones:
Traslado a las familias o responsables legales del alumnado.
El tutor, con el asesoramiento del orientador del centro, previo conocimiento del Equipo Directivo, con la debida cautela y mediante entrevista, podrán el caso en conocimiento de las familias del alumnado implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas adoptadas.
Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado.
El director o directora, con las debidas reservas de confidencialidad y protección de la intimidad de los menores afectados y la de sus familias, podrá informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado. Si lo estima oportuno informará también al resto del personal del centro y a otras instancias externas (sociales, sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial).
Recogida de información de distintas fuentes para la apertura del expediente
Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el Equipo Directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación:
Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias.
Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director o directora del centro, junto al coordinador de convivencia a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo establecido en el plan de convivencia del centro y el RRI.
Comunicación a la comisión de convivencia.
El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de convivencia del centro.
Comunicación a la inspección educativa.
El Equipo Directivo remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección de Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso si se considera necesario.
Medidas y actuaciones a definir.
El equipo directivo, con el asesoramiento del EOE y el coordinador de convivencia del centro, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para cada caso concreto de acoso escolar.
Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean de aplicación en el centro y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnado en conflicto, que garanticen el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona o personas agresoras, incluyendo actuaciones específicas de sensibilización para el resto del alumnado. Todo ello, sin perjuicio de que se apliquen al alumnado acosador las medidas correctivas recogidas en el plan de convivencia.
Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para cada caso de acoso escolar:
La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las medidas y actuaciones previstas, informando periódicamente a la comisión de convivencia, a las familias o responsables legales del alumnado y al inspector o inspectora de referencia del grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado.
Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado.
Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento confidencialidad absoluta en el tratamiento del caso.
3.2 EN CASO DE NO CONFIRMARSE LA EXISTENCIA DE ACOSO SE SEGUIRÁ EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO
Comunicación a la familia
El tutor/a, con el apoyo del EOE y del equipo directivo informará a la familia de no haberse encontrado una situación de acoso, y de posibles medidas preventivas y/o de asesoramiento que se considere oportuno adoptar
Adopción de medidas preventivas
El equipo directivo, con el apoyo del EOE, del coordinador de convivencia y del tutor adoptarán medidas de carácter preventivo en el grupo y en el centro para evitar posibles situaciones que interfieran con una correcta convivencia.
Título V : Distribución de competencias respecto a la convivencia escolar
DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
Las competencias respecto a la convivencia escolar corresponden al Consejo Escolar, al Claustro de profesores y a la dirección del centro. La coordinadora de convivencia, los tutores y los profesores intervendrán a través de sus funciones propias, de los contenidos curriculares y de las estrategias metodológicas pertinentes en el refuerzo de los derechos y deberes y en la consecución de un clima escolar adecuado.
a) Evaluar el Plan de Convivencia y las normas que sobre esta materia se contemplen en el RRI y elaborar periódicamente un informe sobre el clima de convivencia, especialmente sobre los resultados de la aplicación del plan de convivencia.
b) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente.
c) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres , la igualdad de trato y la no discriminación , la resolución pacífica de conflictos y la prevención de violencia de género
La Comisión de Convivencia
En el seno del consejo escolar existirá una comisión de convivencia que estará integrada por:
la directora, la jefe de estudios , dos profesores y dos padres de alumnos.
Tendrá como finalidad garantizar la aplicación correcta del R.I.I y del Plan de Convivencia y colaborar en la planificación de medidas preventivas y en la resolución de conflictos.
La Comisión de Convivencia se reunirá una vez al trimestre e informará al Consejo Escolar, al menos dos veces durante el curso, sobre las actuaciones realizadas.
El coordinador de convivencia.
Entre los miembros del claustro se nombrará un coordinador de convivencia, quien colaborará con el jefe de estudios en la coordinación de las actividades previstas para la consecución de los objetivos del plan de convivencia.
El profesor coordinador de convivencia participará en la comisión de convivencia del centro.
Si el coordinador de convivencia no forma parte de la comisión como representante del profesorado en el Consejo Escolar, asistirá a sus reuniones con voz pero sin voto.
Competencias del Claustro de profesores en la Convivencia Escolar.
Corresponde al claustro de profesores proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. Estas propuestas serán tenidas en cuenta en la elaboración del Plan de Convivencia que anualmente se apruebe por el director/a
Asimismo, en sus reuniones ordinarias y, si fuera preciso, en reuniones extraordinarias, conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velará para que éstas se atengan a la normativa vigente.
Competencias del Equipo directivo en la Convivencia Escolar
Corresponde al equipo directivo fomentar la convivencia escolar e impulsar cuantas actividades estén previstas en el Plan de Convivencia del centro.
Son competencias del director:
a) Favorecer el fomento de la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de conflictos e imponer las medidas disciplinarias que corresponden a los alumnos sin perjuicio de las atribuidas al consejo escolar en el artículo 19 de este decreto y aprobar el Plan de Convivencia y las normas y que sobre esta materia se contemplen en el RRI
b) Imponer las medidas de corrección que se establecen en el artículo 38 de presente Decreto, que podrá delegar en el jefe de estudios, en el tutor docente del alumno o en la comisión de convivencia, en su caso.
c) Garantizar el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo para la resolución de conflictos según los procedimientos establecidos para cada uno de ellos en este Decreto.
d) Incoar expedientes sancionadores e imponer, en su caso, las sanciones que correspondan, sin perjuicio de las competencias atribuidas al consejo escolar, y según el procedimiento establecido en este Decreto.
e) Velar por el cumplimiento de las medidas impuestas en sus justos términos.
Corresponde al jefe de estudios:
a) Coordinar y dirigir las actuaciones del coordinador de convivencia, de los tutores y de los profesores, establecidas en el plan de convivencia y en el reglamento de régimen interior, relacionadas con la convivencia escolar.
b) Imponer y garantizar, por delegación del director, las medidas de corrección y el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo que se lleven a cabo en el centro.
competencias de los tutores docentes y resto de profesores
Corresponde a los tutores:
a.) La coordinación de los profesores que imparten docencia al grupo de alumnos de su tutoría, mediando entre profesores, alumnos y familias o tutores legales.
b) Impulsar las actuaciones que se lleven a cabo, dentro del plan de convivencia, con el alumnado del grupo de su tutoría
c) Conocer las actuaciones inmediatas y medidas adoptadas por los profesores que imparten docencia en su grupo de tutoría
Corresponde a los profesores
Dentro del aula o en el desarrollo de sus actividades complementarias , llevarán a cabo las actuaciones inmediatas previstas en este reglamento.
Título VI: Procedimientos de actuación
a) Las actuaciones inmediatas serán llevadas a cabo por cualquier profesor del centro, dado su carácter directo e inmediato a la Conducta perturbadora.
b) El profesor comunicará las actuaciones inmediatas llevadas a cabo al tutor del alumno, que será quién, de acuerdo con la dirección del centro, determinará la oportunidad de informar a la familia del alumno. Asimismo, dará traslado al jefe de estudios, en su caso, tanto de las
actuaciones llevadas a efectos como de aquellas situaciones en las que las características de la conducta perturbadora, su evolución, una vez llevada a cabo la actuación inmediata, y la posible calificación posterior, lo hagan necesario.
Para la aplicación de estas medidas de corrección, salvo la prevista en el apartado a), será preceptiva la audiencia al alumno y a sus padres o tutores legales en caso de ser menor de edad. Así mismo se comunicara formalmente su adopción.
Si hubiera una comunicación escrita por parte del profesor se realizará con el impreso estipulado para tal fin que se entregará a la Jefe de estudios y , oralmente ,se dará a conocer al tutor / a.
La comunicación a los padres se hará preferentemente por escrito siendo competencia del equipo directivo.
Título VII: Canales de Comunicación
Respecto a los Profesores:
El equipo directivo entregará a los profesores en los primeras reuniones de Claustro una copia de las Normas de organización y de Convivencia del centro resolviendo cuantas dudas hubiera .
Respecto a los alumnos:
Durante el mes de septiembre el tutor/a dará a conocer a los alumnos las normas de convivencia del centro , haciendo especial hincapié en las de aula y de los recreos .
Respecto a los padres de los alumnos:
Los tutores darán a conocer a los padres de los alumnos en la primera reunión general ( mes de octubre) las normas de Convivencia y del R:R:I: del centro entregándoles un extracto de los documentos
Respecto a los monitores de Comedor, Transporte, Madrugadores y de actividades extraescolares :
El equipo directivo entregará a los monitores una copia de las normas de convivencia y de organización del Centro respecto del servicio que prestan.
Con los monitores del Comedor se hará en una reunión a comienzos del curso para revisar sus funciones y llegar a acuerdos y solventar dificultades que se encuentren en este servicio.
Título VIII ORGANIZACIÓN Y REPARTO DE RESPONSABILIDADES
1.- Recursos personales
Inscripción y matrícula
Una vez abierto el periodo de inscripción las familias solicitarán la matrícula en el centro cumplimentando el impreso que se la facilitará en la Secretaría y en la página web del centro; se les informará de los servicios que ofrece el Centro así como el material que deberán traer ( fotocopia de la hoja en la que está inscrito el niño en libro de familia y relación de material escolar)
Si es un alumno procedente de otro Centro será el tutor el que le informe de todo lo relacionado al curso al que pertenezca.
Si se trata de un alumno extranjero se llevará a cabo el Plan de acogida( Proyecto Educativo)
Las familias serán informadas del Proyecto educativo del Centro, normas de convivencia y firmará un documento de compromiso educativo con el Centro
*Adscripción del profesorado
En la última reunión del Claustro de cada curso escolar ,en junio, se hará una adscripción provisional de cursos y de aulas.
Esta adscripción será definitiva en la primera reunión del Claustro de septiembre
En general se adjudicarán las tutorías eligiendo los profesores de mayor a menor antigüedad.
* Asignación de responsabilidades
- Las coordinaciones de los equipos didácticos se adjudicarán preferentemente al profesorado que esté en el último nivel y que conozca el funcionamiento del centro.
- Las horas de biblioteca y de informática se adjudicarán a los tutores siempre que sea un grupo poco numeroso; si el grupo es numeroso le ayudará un profesor de apoyo; estas horas se repartirán equitativamente entre los profesores que tengan disponibilidad horaria .
Las coordinaciones de Biblioteca e Informática se adjudicarán a aquellos profesores que estén más capacitados en el tema. Tendrán las siguientes funciones
Las funciones de coordinador de la biblioteca son :
-promover y coordinar actividades de animación a la lectura
- catalogar y ordenar los libros por ciclos
-informar de las necesidades de material
Las funciones del coordinador de Informática son:
- Coordinarse con los tutorespara determinar los materiales que se van a utilizar
- Organizar el aula de informática.
- Tener disponibles los materiales necesarios y actualizar el inventario.
- Informar del material que sea necesario adquirir
* Coordinador del Programa Madrugadores
Entre los profesores del Claustro se podrá nombrar un Coordinador/a del Programa Madrugadores/continuadores que podrá contabilizar en su horario, hasta 3 horas semanales, dependiendo de la disponibilidad del Centro , para coordinar el Programa .
Sus funciones son:
*Servicios de Apoyo. Equipo de orientación
(Está recogido en el punto 2 del PEC)
* Personal de servicios
El personal de cocina y monitores del comedor , los monitores de madrugadores y del Transporte escolar dependerán de la empresa del sector adjudicada para el servicio ; no obstante, deberán comunicar cualquier incidencia que ocurra en el transcurso del servicio prestado al Equipo Directivo. Sus funciones quedan reflejadas en el punto “ F “de este documento
2.- Seguridad e higiene escolar
Respecto a la seguridad y las emergencias :
En el mes de septiembre los alumnos de Infantil recorrerán el centro para conocer las distintas dependencias y conseguir cierta autonomía en sus desplazamientos por el Centro .
Durante el mes de noviembre se dará a conocer el plan de Evacuación del centro y se llevará a cabo el simulacro de evacuación procurando evaluarlo y hacer mejoras si las hubiere.
En caso de una evacuación de emergencia sonará el timbre ininterrumpidamente o un silbato para alertar que se debe evacuar el centro
Como medidas de seguridad
- Los alumnos no podrá asomarse a ventanas abiertas , y bajarán las escaleras con orden y sin deslizarse por las barandillas
-La puerta de salida al parque permanecerá cerrada
- En las horas de recreos las puertas correderas del patio estarán cerradas y no se permitirá el acceso al colegio a personas desconocidas ajenas al Centro.
Durante el curso las puertas de salida de emergencia estarán operativas , sin nada que obstaculice una posible salida de emergencia.
Respecto a casos de enfermedad
En caso de enfermedad de un alumno se avisará a los padres a través de la Secretaría del centro. En ningún caso se le administrará un medicamento sin el consentimiento de los padres.
En caso de una herida leve se le curará en el centro ; si se considera que es grave se le llevará al centro de salud a la vez que se avisa a los padres; no obstante se seguirá el Protocolo de actuación ante emergencias sanitarias ( el documento está disponible en la sala de profesores y en Secretaría).
Si algún alumno sufre una enfermedad contagiosa no asistirá al colegio hasta haberse curado ; si es un caso de piojos los padres deberán avisar a la Dirección del Colegio para que se tomen las medidas oportunas ( informar a los padres del grupo o a todos los padres ,según los casos ,para que vigilen e intensifiquen las medidas de prevención e higiene)
Respecto al vestuario y calzado
En general los alumnos asistirán a clase aseados y con la ropa limpia; si se detecta algún caso de falta reiterada de higiene el tutor/a hablará con los padres y si son varios casos se hará una intervención a nivel de grupo.
Para las horas de Educación física los alumnos vestirán chándal y calzado deportivo.
El personal de comedor ( cocineras y monitoras ) vestirán ropa y calzado especifico para trabajar en las dependencias del comedor y cocina, incluyendo gorro.
Título IX: Espacios del Centro
En nuestro Centro tenemos aulas para cada grupo de alumnos ; otras de uso específico ( música, gimnasio, inglés, biblioteca , comedor, despachos ) y otras, de usos múltiples (madrugadores, salón de actos).
Aulas de alumnos
Las aulas se adjudicarán en función del número de alumnos procurando que los niveles de un mismo ciclo estén próximos ; así mismo las aulas de los alumnos de Primaria estarán preferentemente en el 1º piso y los de Infantil en la planta baja.
La Biblioteca : Está ubicada en el ático ; en ella tanto los materiales y como los espacios está, distribuidos en función de la edad lectora de los alumnos.
A comienzos de cada curso se dará a conocer el horario por grupos para su asistencia
Es responsabilidad del coordinador/a mantener organizado el material y el espacio
Aula de Informática:
A comienzo de curso se elaborará un horario utilización del aula en el que cada grupo tenga una hora semanal, se completará el horario con horas disponibles para las distintas especialidades.
El coodinador /a será responsable de mantener el aula y los materiales ordenados.
Aula de música
Está ubicada en la planta sótano y en ella se encuentra todo el material relacionado con la música;
Al estar allí colocada una pizarra digital se establecerá un horario de uso común los días que no se imparte música en el Centro.
Aula de inglés
Existe en el centro un aula específica para impartir inglés y en la que se encuentra todo el material relacionado con esta materia.
Comedor escolar
Las dependencias del comedor escolar están situadas en la parte sótano del edificio: un comedor está destinado para alumnos de Primaria y secundaria y otros para alumnos de Infantil.
Gimnasio
Es un edificio anexo al del Colegio; es utilizado por el Ayuntamiento fuera del horario escolar para gimnasia de mantenimiento
Aula de usos múltiples: Se utiliza como aula de audiovisuales para lo cual tendrá un horario semanal de uso para cada grupo; es un aula utilizada por la fisioterapeuta y también se utiliza para las actividades de Madrugadores..
Aulas de pedagogía terapeútica y de audición y lenguaje
Sala de profesores : actualmente se utiliza el salón de actos dada la escasez de espacios para aulas.
Despachos para dirección secretaria y Jefatura de estudios situados en la planta principal
Título X: Servicios Educativos y uso de instalaciones y recursos
FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS
Respecto al Transporte Escolar:
* será el encargado del orden ,seguridad y atención personal de los alumnos tanto en el recorrido como en las paradas.
* Recogerá a los alumnos en el vestíbulo del colegio y los acompañará por la mañana hasta la sala de madrugadores.
* Irá siempre en la parte central o trasera del autobús.
* Cualquier incidencia que ocurra en este servicio será comunicado por el monitor/a al equipo directivo.
Respecto al Comedor Escolar
Nuestro comedor escolar está gestionado por una empresa del sector ..
Disponemos de unPlan de funcionamiento que ha sido adaptado a la normativa vigente .
(Decreto 20/2008 de 13 de marzo por el que se regula el servicio público de Comedor Escolar en la Comunidad de Castilla y León en la Orden EDU/693/2008 de 29 de abril que lo desarrolla.
Plan de funcionamiento del comedor Escolar
Los objetivos que pretendemos conseguir entre los alumnos que asisten al comedor escolar son:
Las funciones de cada uno de las partes integrantes de este servicio vienen recogidas en la Orden antes mencionada que se añadirá a este documento como Anexo.
No obstante para la selección de cuidadores se tendrá en cuenta que la persona que ejerza esta función deberá tener la cualificación de monitor de tiempo libre y ocio o formación equivalente.
Normas generales de funcionamiento
- De septiembre a mayo
1º turno : de 14h a 16
2º turno: d e 15h15 a 16h
Los alumnos transportados se irán hacia las 15h 30.
Si algún alumno va a permanecer hasta el comienzo de las actividades extraescolares deberán tener autorización escrita de los padres ; igualmente si van a regresar a sus casas solos sin que vengan a recogerlos al colegio .
En el mes de junio
1º turno de 13h a 15h; los alumnos transportados se irán al finalizar los alumnos del IES Gredos las clases ( hacia las 14h15)
En el mes de septiembre se comunicará a la dirección del Instituto Gredos la normativa del Comedor y a los propios alumnos
Cualquier incidente que ocurra con los alumnos de dicho centro que son usuarios del Comedor se comunicará a la Dirección de ese Centro
La Dirección del Instituto comunicará con antelación las ausencias de alumnos
( caso de excursiones o viajes de intercambio).
Normas específicas de convivencia:
Las normas y sanciones quedan reflejadas en el Anexo I de este Reglamento
Respecto al Programa Madrugadores
En nuestro centro se oferta este programa como medio para conciliar la vida familiar y laboral de los padres de nuestros alumnos
Para solicitarlo los padres cumplimentarán el impreso existente para ello
El horario es :
Mañanas de 7h 45 a 9h
Los alumnos estarán cuidados por monitores en la ratio que determina la normativa vigentes Estos tendrán las siguientes funciones:
Los alumnos que asistan a este Programa permanecerán en todo momento en lo lugares establecidos por las monitoras como son los puntos de recogida y las aulas para las actividades evitando en todo momento deambular por el Colegio..
Las actividades programadas serán dadas a conocer al maestro responsable;
Estas actividades son:
TÍTULO XI.- NORMAS DE USO DE LAS INSTALACIONES Y RECURSOS
Cuando se utilicen las instalaciones y los materiales del centro en horario escolar o extraescolar tendremos en cuenta:
* El profesor o monitor que dirige la actividad será el responsable de :
- abrir y cerrar el aula que utilice.
- que se respete el material y el mobiliario de las aulas
- que mesas, sillas ,pizarra y otros materiales queden limpios y ordenado.
- Si para la actividad se usan pinturas u otro material que pueda manchar las mesas éstas se protegerán con plástico o papel.
- dar a conocer las normas a los alumnos y a las familias.
En las horas de actividades extraescolares se tendrá en cuanta además que:
- Los alumnos entrarán y saldrán con orden, sin gritos ni carreras.
- Permanecerán en el centro el tiempo justo de la actividad , sin deambular por los pasillos
- los padres que los acompañen los dejarán y los recogerán a la entrada del colegio.
- No se podrá comer en el recinto escolar
Estas normas se le entregarán por escrito al responsable de la actividad para que las cumpla y las haga cumplir.
TÍTULO XII .-MEDIDAS PARA LA APROBACIÓN Y DIFUSIÓN DEL R.I.I.
El Reglamento será aprobado por el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar ; una copia se enviará a Inspección.
Cada modificación que se realice de este documento será aprobado por el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar enviándose una copia también con las modificaciones a la Inspección
Canales de comunicación:
El Reglamento de R.R I. será dado a conocer:
- En el mes de septiembre a los profesores nuevos
- En septiembre a los alumnos a través de la tutorías
- En octubre , a las familias, en las reuniones generales de comienzos de curso.
- Se entregará una copia de este documento a la Junta directiva del AMPA y estará también a disposición de cualquier miembro de la Comunidad Educativa que lo requiera.
ANEXOS NORMAS COMUNES A TODO EL CENTRO
Los profesores de todos los cursos deberán acompañar a su grupo de alumnos en los desplazamientos
Cada una de las normas que no se cumpla se anotará en el cuaderno ROJO para que quede registrado y se informará a los padres.
NORMA |
MEDIDA DE CORRECCIÓN Y SANCIÓN |
Ser puntuales , 3 retrasos ( diez minutos ) |
Permanecer en secretaría hasta la siguiente hora. |
No interrumpir la clase
|
Realizar la tarea que interrumpió en clase 3 veces para casa con nota para padres. INF- si es reincidente separarle del grupo hasta que se tranquilice. |
No insultar
|
Jugar con el niño 3 días en el recreo Dependiendo intensidad- parte |
No pegarse
|
Jugar con el niño 3 días en el recreo Dependiendo intensidad- parte |
Obedecer |
Copias INF- No jugar en los rincones |
Trabajar en silencio
|
Copias firmadas por los padres INF- separarlo de los compañeros y que realice las tareas él solo |
Utilizar las papeleras |
Limpiar el patio o el aula 3 días. |
Cuidar el material y mobiliario del colegio.
|
Limpiar el patio 3 días INF- Limpiar el aula 3 días. Reponer el material roto. |
Desplazarse por el colegio en silencio y sin correr
|
Volver a hacer el recorrido tantas veces como sea necesario para hacerlo en silencio. |
Hablar sin palabras malsonantes
|
Dibujo o redacción sobre la importancia de hablar bien. |
No faltar el respeto al profesor |
Parte y 1 tarde de trabajo con ese profesor
|
No asomarse a las ventanas, ni salir del centro sin permiso |
Parte y 1 tarde de trabajo con ese profesor
|
No quedarse en las clases ni en los baños durante la hora del recreo. |
Copias |
Hacer las filas de entrada correctamente y puntuales al oír el timbre |
Salir 5 min más tarde al recreo |
CEIP GRAN DUQUE DE ALBA
NORMAS DEL COMEDOR ESCOLAR
Los MONITORES deberán acompañar a su grupo de alumnos DESDE que suene el timbre hasta que los alumnos estén sentados en sus sitios
NORMA |
MEDIDA DE CORRECCIÓN Y SANCIÓN |
Desplazarse por el colegio en silencio y sin correr
|
Volver a hacer el recorrido tantas veces como sea necesario para hacerlo en silencio. |
Estar en silencio durante la comida.
|
Si el semáforo se enciende y ha sido claramente un niño o una mesa , esa mesa estará castigada sin recreo de comedor 3 días . Se informará a los padres con una nota de que el niño ha molestado en el comedor.
|
No comer al menos una mínima cantidad de cada plato.
|
Información a los padres . |
No tirar la comida
|
Recoger la comida y ayudar a la limpieza del comedor 3 días . |
No insultar y No pegarse
|
Jugar con el niño 3 días en el recreo Dependiendo intensidad- parte |
Cuidar el material y mobiliario del comedor .
|
Ayudar en la limpieza del comedor 3 días Reponer el material roto. |
No faltar el respeto al monitor mi personal de cocina. |
Parte y 3 días de ayuda en comedor.
|
No asomarse a las ventanas, ni salir del centro sin permiso |
Parte y 3 días de ayuda en comedor.
|
No quedarse en los baños durante la hora del recreo. |
Castigado 3 días sin recreo del comedor |
|
|
CEIP GRAN DUQUE DE ALBA